La normativa que regula los sistemas informáticos de facturación no se limita a describir requisitos técnicos: también prevé un régimen sancionador específico para quienes no los cumplen. Conviene conocerlo, porque afecta tanto a quien produce o comercializa el software como a quien lo utiliza.

Infracción por usar software no conforme

Constituye infracción la tenencia de sistemas informáticos que no se ajusten a los requisitos exigidos —integridad, conservación, trazabilidad, inalterabilidad y accesibilidad de los registros—. Utilizar un programa que permita llevar contabilidades o registros paralelos, o que no garantice la inalterabilidad de los datos, expone al empresario a una sanción, con independencia de que llegue a manipularse una factura.

Infracción por fabricar o comercializar

La normativa también sanciona a los productores y comercializadores de sistemas que no cumplan las especificaciones o que se certifiquen indebidamente. La responsabilidad, por tanto, se reparte a lo largo de la cadena: el fabricante debe garantizar la conformidad del producto y el usuario debe emplear soluciones certificadas.

Importes

Las sanciones previstas para estas infracciones alcanzan cifras relevantes por ejercicio y por sistema, y pueden agravarse cuando concurren circunstancias como la manipulación efectiva de los registros o la producción masiva de software no conforme. Más allá del importe, el uso de sistemas irregulares debilita la posición del contribuyente en cualquier comprobación posterior.

Cómo evitarlas

La forma más segura de evitar el régimen sancionador es sencilla: emplear un sistema de facturación conforme, que genere registros encadenados, garantice su inalterabilidad, permita su conservación y, cuando proceda, los suministre a la Agencia Tributaria. Verificar la conformidad del software antes de adoptarlo, conservar la documentación técnica y mantener las actualizaciones al día son medidas de cumplimiento que protegen frente a contingencias y aportan tranquilidad operativa.

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